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Economía: El empleo informal exige una profunda reforma laboral
27/06/2025 | 211 visitas
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Urge flexibilizar las normas del trabajo, descentralizar la negociación paritaria y bajar costos de despido para estimular la contratación de trabajadores

Casi un año después de la firma del Pacto de Mayo, entre cuyos aspectos fundamentales se postuló la necesidad de “una reforma laboral moderna, que promueva el trabajo formal”, representantes del gobierno nacional, del Congreso, de la CGT y de la Unión Industrial Argentina (UIA) participaron de la primera reunión del Consejo de Mayo, que buscará plasmar en proyectos los diez puntos de aquel acuerdo, suscripto el 9 de julio de 2024. El hecho de que de este encuentro participen actores del mundo del trabajo es una oportunidad para avanzar en una de las mayores asignaturas pendientes en términos de reformas estructurales, como la modernización de las relaciones laborales.

A pocos días de iniciada su gestión presidencial, Javier Milei había presentado los lineamientos de una necesaria reforma laboral y sindical, plasmada en el decreto 70/2023, pero esos cambios quedaron en suspenso luego de que la Justicia Laboral hiciera lugar a objeciones formuladas desde sectores gremiales. Posteriormente, la Ley Bases, sancionada por el Congreso, incluyó la extensión del período de prueba para nuevos trabajadores y la eliminación de multas que incrementaban las indemnizaciones por despido y castigaban excesivamente a aquellas empresas que incurrieran en irregularidades en la contratación de empleados. Este avance resultó, sin embargo, insuficiente para dejar atrás rigideces que obstaculizan la contratación de trabajadores y liberar al mercado laboral de dudas sobre la indispensable seguridad jurídica, sin la cual se dificulta la creación de nuevos empleos. Al mismo tiempo, el proyecto de Ley Bases sufrió un lamentable recorte en su capítulo laboral, ya que, por un lado, desapareció un artículo que ponía fin al pago obligatorio de la cuota sindical por parte de los trabajadores y, por otro, quedó sin efecto otro artículo que consideraba “grave injuria laboral” y fuente de “extinción del contrato de trabajo” la participación en bloqueos o en tomas de establecimientos.

El crecimiento del desempleo al 7,9% durante el primer trimestre de 2025 y la existencia de una tasa de empleo informal que no desciende obligan a un urgente debate tendiente a modernizar la legislación laboral para dinamizar la economía e incentivar la contratación de trabajadores.

Por una parte, es necesario avanzar hacia una descentralización de la negociación colectiva, modificando el actual privilegio otorgado a los acuerdos sectoriales sobre los de menor nivel, priorizando convenios por empresa que posibiliten un mayor alineamiento de intereses entre empleadores y trabajadores, especialmente en las pymes.

El crecimiento del desempleo al 7,9% durante el primer trimestre de 2025 y la existencia de una tasa de empleo informal que no desciende obligan a un urgente debate tendiente a modernizar la legislación laboral

Por otra parte, es imperioso terminar con la altísima litigiosidad, que es producto de una vil industria del juicio. Es en esta cuestión donde la Justicia tiene mucho por hacer aún. Urge la conformación de los cuerpos médicos forenses para brindar previsibilidad al sistema de indemnizaciones por accidentes de trabajo. Este trámite está en manos del Poder Judicial de cada provincia que ha adherido al nuevo sistema de riesgos del trabajo.

Hasta hoy, en los juicios por accidentes laborales y enfermedades profesionales, en la gran mayoría de las provincias, los peritos que intervienen perciben por su labor honorarios estipulados de manera insólita en proporción al monto de las indemnizaciones que terminen correspondiéndoles a los trabajadores demandantes. Es un procedimiento viciado, puesto que cuanto mayor sea el grado de incapacidad laboral que diagnostique el perito, mayor será el monto de sus honorarios. Se trata de algo que viene dando lugar a situaciones anómalas, que podrían evitarse si tales honorarios, en lugar de estar atados al resultado del proceso judicial, fuesen fijados exclusivamente en función de su tarea.

Según la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART), se estima que el año en curso concluirá con la escalofriante cifra de 130.000 nuevas demandas por accidentes laborales y enfermedades profesionales, pese a que el número de fallecimientos por razones laborales continúa en baja. En términos de cantidad de juicios, la provincia de Buenos Aires encabeza el ranking, con el 40%, seguida por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (19%) y Santa Fe (14%). En cambio, allí donde los peritos no cobran honorarios proporcionales a la indemnización fijada, como en Salta y Río Negro, casi no hay nuevos juicios, según la citada organización.

En otras palabras, la avalancha judicial no responde a un incremento de los accidentes ni a un deterioro del servicio médico. Por el contrario, se registra en un contexto de mejora continua de las prestaciones y de reducción de siniestros. El detonante, entonces, es la combinación de peritajes judiciales groseramente inflados y de tasas de interés desproporcionadas, que convierten cada juicio laboral en una oportunidad financiera para los beneficiarios de esta vieja industria del juicio.

Es imperioso terminar con la altísima litigiosidad, que es producto de una vil industria del juicio

Para tener una idea global de la dimensión del problema, es preciso señalar que la litigiosidad derivada de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales en la Argentina es 15 veces mayor que la de España y 21 veces superior a la de Chile.

Para cualquier empleador argentino, desde hace muchos años hasta nuestros días, contratar a un trabajador supone un muy alto riesgo. Ahí reside la principal causa del desempleo, tanto como de la extensión del empleo informal.

Cada vez que la Justicia Laboral condena a un empleador a pagar una millonaria indemnización a un trabajador, ni este ni mucho menos la economía del país resulta los últimos beneficiados. Con excepción de ciertos abogados y peritos, todos pierden. La razón es que, cuando no se ve forzada a cerrar sus puertas y dejar en la calle a sus empleados, la empresa damnificada terminará en última instancia trasladando aquel costo a los precios de sus productos o servicios.

En este marco, la Justicia Laboral rara vez ha sido un factor de conciliación dentro de las relaciones individuales del trabajo.

La litigiosidad derivada de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales en la Argentina es 15 veces mayor que la de España y 21 veces superior a la de Chile

Dentro del análisis de una reforma laboral profunda, el Poder Legislativo debería evaluar también la conveniencia de eliminar el fuero del trabajo y fusionarlo con los tribunales civiles y comerciales, como ha propuesto el doctor Horacio Lynch en un reciente artículo publicado en LA NACION.

De poco servirán los esfuerzos del poder político por mejorar la situación económica y por modernizar la legislación del trabajo si la Justicia Laboral bloquea esos intentos de reforma con medidas cautelares, como viene sucediendo. El cerrojo judicial para avanzar con las recientes limitaciones al derecho de huelga es solo un ejemplo.

Las soluciones a graves problemas crónicos de la Argentina, como la informalidad laboral y el consecuente desfinanciamiento del sistema de seguridad social, exigen revolucionarias reformas, alejadas de visiones demagógicas propias de un populismo perimido.


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