Cristina Kirchner pidió a la Corte que le saquen la tobillera y le permitan visitas irrestrictas. Recurrió la decisión de la Cámara de Casación que había mantenido las reglas de conducta del tribunal oral
Cristina Kirchner pidió a la Corte Suprema de Justicia que le saquen la tobillera electrónica que controla el cumplimiento de su condena mientras está presa en su casa.
La expresidenta también solicitó que se flexibilice el regimen de visitas en su departamento de San José 1111 de Constitución.
La defensa de Cristina Krichner planteó un recurso extraordinario contra el fallo de la Cámara de Casación que había ratificado las reglas de conducta restrictivas que le impusieron los jueces que la condenaron.
El abogado de Cristina Kirchner, Alberto Beraldi, también recusó a los jueces de la Corte Suprema, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkratz y Ricardo Lorenzetti.
Cristina Kirchner cumple arresto domiciliario en su departamento de San José 1111, en Constitución.
El uso de la tobillera electrónica fue confirmado tanto por el tribunal como por la Cámara de Casación. La defensa cuestiona la necesidad de mantenerla.
El 12 de julio pasado, la Cámara de Casación confirmó que Cristina Kirchner se mantenga con tobillera electrónica en su lugar de detención y que continúe con el actual régimen de visitas restringido.
La defensa de la expresidenta había pedido quitársela y el fiscal ante la Cámara de Casación, Mario Villar, había reclamado que se modificara el domicilio en aras de su seguridad y la tranquilidad de los vecinos.
Beraldi pidió que le saquen la tobillera electrónica y flexibilicen el régimen de visitas, que exige que autorización previa para visitas no incluidas en una nómina de familiares y allegados.
Los jueces Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña, por mayoría, decidieron mantener sus condiciones de detención en ese lugar
También se pronunciaron sobre el recurso presentado por el fiscal Mario Villar, que había sugerido un cambio en el lugar de detención y mantener el actual régimen de prisión domiciliaria.
El juez Gustavo Hornos, quien votó en primer término, rechazó los planteos de Cristina Kirchner y sostuvo la validez del uso de la tobillera electrónica de vigilancia y de la obligación de solicitar autorización judicial para visitas fuera de la nómina original.
Hornos dijo que “este tipo de maniobras constituye un atentado contra el sistema democrático” y que “la corrupción, como delito doloso contra el Estado que conlleva enriquecimiento ilícito, ha sido reconocida como una de las formas más graves de ataque a las instituciones republicanas”.
Por eso, “el proceso penal y su sanción constituyen el más poderoso medio del que dispone el Estado para restituir el orden quebrantado”.
El juez formó mayoría con su colega Diego Barroetaveña, quien también avaló el mantenimiento de las medidas de control.
Barroetaveña dijo que no existe prohibición para que el juez imponga reglas de conducta siempre que sean pertinentes y estén vinculadas a las condiciones de la condenada. Consideró que la restricción de visitas (exigiendo autorización para personas no listadas) es una “mínima restricción” y una precaución para la seguridad de la expresidenta, así como una atribución del juez para velar por el cumplimiento efectivo de la pena sin desnaturalizarla.
Además, señaló que el planteo de la defensa era “conjetural” ya que no se había rechazado ninguna visita hasta el momento, e incluso se había autorizado una visita del presidente de Brasil, Lula da Silva.
Sobre el uso de tobillera Barroetaveña afirmó que este mecanismo es el más eficaz para controlar el cumplimiento de la detención domiciliaria y que su implementación permite una modalidad de cumplimiento “cualitativamente mejor” que la prisión carcelaria, sin ser una “mortificación o estigmatización”.
Por su parte, el juez Mariano Borinsky votó en disidencia por revocar la obligación de utilizar tobillera electrónica, y el régimen de autorizaciones.
Borinsky explicó que el juez de ejecución tiene jurisdicción en lo que se refiere exclusivamente al control sobre el cumplimiento de las sanciones impuestas a un condenado y aclaró que, momentáneamente no existirían motivos para obligar a un cambio de domicilio; sin perjuicio de que a futuro pudieran evaluarse otros sitios alternativos, a fin de preservar la tranquilidad pública y la paz social.
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