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Seguridad: El juez Gallardo ordenó que la Policía porteña custodie la marcha de jubilados
07/04/2025 | 298 visitas
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El magistrado aceptó un pedido gremial para limitar el área de acción de los efectivos federales; justificó el fallo en que existe un “riesgo cierto” de lesiones si ellos intervienen

El juez porteño Roberto Andrés Gallardo le ordenó al gobierno porteño que organice el operativo de seguridad de la próxima marcha de jubilados, que tendrá lugar el miércoles con respaldo de columnas sindicales, y le exigió al Ministerio de Seguridad nacional que se abstenga de intervenir en la protesta “más allá de los límites de protección de intereses federales”. Con su decisión, el magistrado aceptó un planteo que habían realizado dirigentes gremiales de la CGT y la UTEP.

Ante la protesta del próximo miércoles, que será la víspera del paro general del jueves y contará con presencia de militantes sindicales, los dirigentes Julio Piumato y Maia Volcovinsky (sindicalistas judiciales que son cosecretarios de Derechos Humanos de la CGT), junto al líder de la Unión de Trabajadores de la Economía Popular (UTEP), Alejandro “Peluca” Gramajo, habían pedido el dictado de una medida cautelar para “intimar al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a coordinar y conducir un operativo de seguridad para la movilización” y para que se “delimite en forma previa y concreta los denominados ‘objetivos federales’ cuya custodia estará a cargo de las fuerzas federales, restringiendo su jurisdicción al cuidado de los mismos y no al ejido urbano circundante”.

En su pedido contra la ministra Patricia Bullrich, los representantes gremiales subrayaron que las fuerzas federales que conduce la ministra actuaron “de forma ilegal, frente al ejercicio del derecho constitucional de protesta”. Y puntualizaron que en la marcha del 12 de marzo, en la que resultó herido el fotógrafo Pablo Grillo y fueron detenidas 114 personas, se produjeron hechos de represión por parte de las fuerzas federales “sin contar con una autorización para ello” y que se produjeron fuera de los límites del Congreso, por lo que excedieron su papel de custodia del lugar.

El juez ordenó a la Ciudad que, “en el contexto de la movilización masiva convocada para el miércoles en las inmediaciones del Congreso, despliegue, organice, planifique y ejecute -todo de manera autónoma- el operativo de seguridad que simultáneamente garantice el orden público y el pleno ejercicio de los derechos constitucionales de quienes asistan”.

En su fallo, Gallardo le indicó al ministerio de Bullrich que “se abstenga de intervenir e interferir en la autonomía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo que a seguridad pública respecta, más allá de los límites legales de protección de intereses federales”. Indicó que su decisión debe ser informada a la Policía Federal, la Gendarmería Nacional, la Policía de Seguridad Aeroportuaria y la Prefectura Naval.

Según señaló el juez en su fallo, el riesgo de represión que declaman los sindicalistas que hicieron la presentación no es “un planteo abstracto”. En ese sentido, puntualizó: “El riesgo invocado -lesión a la integridad física, a la libertad de expresión y al derecho de reunión, sopesado en la opresión de la autonomía de la CABA- no es meramente conjetural ni hipotético, sino que encuentra sustento en hechos pasados verificables y, posiblemente, futuros”.

“En los últimos meses, varias manifestaciones en las inmediaciones del Congreso de la Nación han resultado en intervenciones de las fuerzas federales de seguridad, derivando en situaciones de violencia, conflicto y caos”, subrayó el juez.

Gallardo afirmó que existe una “preocupante actitud avasalladora y excesiva” de las fuerzas de seguridad federales. Y remarcó que “en las concentraciones realizadas con anterioridad, se evidenció que el despliegue de las fuerzas federales en el ámbito de esta ciudad se extendió por arterias que se alejaban notoriamente de las inmediaciones de los edificios donde tienen asiento poderes federales [por el Congreso]”.

“Resulta elemental destacar que la CABA no ha adherido al protocolo establecido por la resolución ministerial 943/2023 [el protocolo antipiquetes]. La adhesión a este tipo de normas por parte de la jurisdicción local no se puede presumir, sino que requiere de un acto formal de adhesión por parte de las autoridades competentes”, destacó el juez.

LA NACION
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